El pasado 6 de septiembre el BOE publicaba el VII convenio General del sector de la construcción que trae consigo novedades que afectan a la formación homologada en prevención de riesgos laborales y sus convalidaciones.
1º Se incluyen dos nuevas acciones formativas de 20h y 6h para los oficios de: Trabajos de arqueología y Trabajos de fabricación y montaje de elementos prefabricados.
*Al igual que venía sucediendo, las personas trabajadoras que cubran puestos de trabajo u oficios que no están especificados en este convenio general, tendrán que realizar una formación acorde con los riesgos y medidas preventivas asociadas a dichas tareas. Esta formación tiene que seguir una estructura similar a los otros oficios desarrollados en este convenio para la formación de segundo ciclo. Ocurre, por ejemplo, con la formación para los trabajos en altura, que no se reconoce en el convenio pero debe impartirse formación.
2º Otra de las novedades es que se incorpora una formación obligatoria de primeros auxilios. Necesaria para aquellas personas trabajadoras que tengan encomendadas, dentro de los equipos de emergencia, las tareas de primeros auxilios y se impartirán en modalidad presencial con una duración mínima de 4 horas.
3º El contenido formativo para el nivel básico de prevención en la construcción, añade un apartado que trata sobre cumplimiento operativo y legal. Conceptos generales, responsabilidades y canales de consulta.
4º Hasta la fecha, se permitía justificar hasta el 25% de las faltas. Con la entrada del VII CGSC, el alumno debe asistir a todas las horas presenciales de las que conste la acción formativa.
5º Convalidaciones del curso de nivel básico de prevención en construcción:
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- Formación inicial.
- Responsables de obra y técnicos de ejecución.
- Mandos intermedios.
- Administrativos.
- Parte común de oficios.
*La formación de albañilería impartida siguiendo los criterios establecidos en el convenio, con anterioridad al 26 de septiembre de 2017, convalida la formación de “Montaje de escayola, placas de yeso laminado y asimilados”.
Respecto a las convalidaciones de la formación recogida en el Convenio Estatal del Sector del Metal, se podrán convalidar de la parte común de oficios del sector de la construcción, aparte de la que ya estaba recogida en el anterior convenio, las siguientes:
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- Instalación de ascensores.
- Instalaciones, reparaciones, montajes, estructuras metálicas cerrajería y carpintería metálica.
- Mantenimiento de maquinaria y vehículos en obras de construcción.
- Instalaciones de telecomunicaciones.
- Trabajos en gasoductos y redes de distribución de gases combustibles.
La vigencia del convenio es hasta 2026.
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